¿CUÁNDO SE PUEDE SUSPENDER
EL DERECHO DE VISITAS A UN PADRE?
Existe de forma difusa, una creencia generalizada de que la Atribución de
Guardia y Custodia, y por tanto, en la fijación del
Régimen de Visitas del padre, cuando ambos cónyuges no se ponen de acuerdo, se está ante el ejercicio por el
Juez de Instancia de unas facultades discrecionales.
Es evidente que la palabra
discrecional y variable, deben de entenderse en un sentido amplio, pues la norma, lo que concede al Juez es un
amplio arbitrio, para que sea aplicada con atención a las circunstancias de cada caso concreto, pero ello no supone discrecionalidad en sentido estricto, esto es decisión basada en la voluntad.
La
resolución deberá ser motivada y excluye, por tanto, una actuación discrecional.
Lo anterior viene a cuento de la historia que os vamos a comentar:
Encarna y Pedro, tuvieron un
corto Matrimonio, ella quedó embarazada a los pocos meses de la boda y cuando nació su hijo, el padre apenas lo conoció, pues su trabajo le imponía frecuentes
desplazamientos fuera de la ciudad donde la familia tenía instalado el domicilio conyugal.
Como consecuencia de los
fuertes enfrentamientos, que en las pocas ocasiones que se juntaban, la incomunicación hizo estragos y con el tiempo, llegó la
Separación de Hecho.
El niño creció con la madre y el padre
se desentendió por completo de su educación, y mantenimiento, no sólo afectiva y emocionalmente, sino también de forma económica.
A pesar de que los cónyuges estaban separados fácticamente, seguían unidos, puesto que
su Matrimonio no se había disuelto todavía.
Sus vidas habían tomado caminos diferentes, pero
ante la Ley seguían casados.
Un buen día, Encarna recibió una
Demanda, en la que se le solicitaba judicialmente no sólo el
Divorcio, sino una petición de un amplio
Régimen de Visitas para el pequeño.
Encarna, muy enojada,
se opuso radicalmente a lo que teóricamente parecía natural, y analizaremos el por qué:
Él se había
despreocupado del niño desde su nacimiento, hacía más de 12 años. Ahora residían ambos cónyuges en la misma ciudad, y es entonces cuando se acuerda de que tiene un hijo, ya que hasta este momento lo había desatendido desde todos los ángulos posibles como padre, tanto
afectiva como económicamente.
En la
Vista Oral, el Juez, intentó conocer la realidad de los hechos, y para ello, habló con el menor, que tenía una gran madurez para su edad, y sacó las siguientes conclusiones:
• El padre no había mostrado
ningún tipo de interés por el pequeño en los 12 años anteriores, y era un gran desconocido para el menor, ya que ni siquiera le había llamado por teléfono.
• Jamás le había hecho ni siquiera un pequeño regalo,
ni le había llamado por su cumpleaños.
• No se había preocupado por su salud, por sus estudios, ni había pasado ningún tipo de
Pensión de Alimentos para el niño en todo este tiempo.
Como consecuencia de estas circunstancias tan excepcionales, se había generado una
situación de orfandad mental en el menor, que le hacía rechazar la figura paterna, por lo que, el niño, no quería tener
ningún tipo de contacto con su padre, a quien le reprochaba ese olvido constantemente.
El Juez, en su
Sentencia, denegó al padre, todo tipo de visitas, recordándole que no podía pretender repentinamente aparecer en la vida de su hijo como si nada hubiese ocurrido antes, y pretender
restablecer la situación.
Pero si su
voluntad era sincera para subsanar los
errores que había padecido anteriormente, y quería
recuperar el cariño de su hijo asumiendo dichos errores, le daba unas pequeñas pautas en la propia Sentencia para que pudiese llegar a lograrlo.
Tal vez con
pequeños detalles, insistiendo en sus llamadas telefónicas, queriendo participar en la educación y siguiendo sus estudios, pudiese conseguir lo que
judicialmente no había conseguido.
Era evidente, que
el niño no era huérfano, y que, si el padre quería reandar el camino, no realizado hasta la fecha, y ponía en práctica todas sus habilidades parentales, tal vez, con el tiempo, podría lograr
cambiar la opinión de su hijo, y siempre tendría las puertas abiertas para volver a solicitar un nuevo Régimen de Visitas.
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